1. Introducción
2. Propósito
3. Alcance
- Liderazgo universitario y administradores
- Estudiantes
- Facultad y personal académico
- Personal no académico y de servicios
- Visitantes y contratistas
4. Definiciones
- Discriminación se refiere a cualquier trato injusto o desigual hacia individuos o grupos basado en características protegidas, incluyendo pero no limitándose a raza, color, género, identidad de género, orientación sexual, religión, discapacidad, edad o cualquier otra característica protegida bajo la ley aplicable.
- Acoso incluye conducta verbal, física o visual que crea un ambiente de trabajo o educativo intimidante, hostil u ofensivo, incluyendo comportamiento no deseado basado en las características protegidas de una persona.
- Represalia se refiere a acciones adversas tomadas contra un individuo que ha denunciado discriminación, participado en investigaciones o se ha opuesto a prácticas discriminatorias.
5. Principios de no discriminación
- Igualdad: Todos los individuos, independientemente de su origen, identidad o características personales, serán tratados con equidad, respeto y dignidad.
- Inclusión: EULER fomenta una comunidad donde se valoran las perspectivas diversas y donde los individuos se sienten bienvenidos, apoyados y capaces de participar plenamente.
- Tolerancia cero a la discriminación: No se tolerará la discriminación en ninguna forma, ya sea manifiesta o sutil. Esto incluye, pero no se limita a, discriminación racial, de género, religiosa o basada en discapacidad.
- Equidad en las oportunidades: Todos los individuos tendrán igual acceso a oportunidades académicas, profesionales y sociales dentro de la universidad, y las prácticas de reclutamiento, retención y promoción se basarán únicamente en el mérito y las cualificaciones.
6. Comportamiento prohibido
- Resulte en discriminación o acoso basado en cualquier característica protegida.
- Cree un ambiente hostil o inseguro para cualquier miembro de la comunidad universitaria.
- Niegue o limite el acceso a cualquier recurso, oportunidad o beneficio basado en discriminación.
- Participe en acciones de represalia contra aquellos que denuncien discriminación o participen en investigaciones relacionadas.
7. Denuncia y responsabilidad
- El Director de Recursos Humanos (Presidente de Operaciones Globales o representante)
- El Director y la Oficina de Admisiones y Asuntos Estudiantiles
- La Comisión de Ética y Misión
- El Sistema de Denuncia Anónima de la Universidad
Todas las quejas serán tomadas en serio y abordadas con prontitud, asegurando investigaciones justas e imparciales. Se prohíben las represalias contra individuos que presenten quejas o participen en investigaciones y resultarán en acciones disciplinarias.
8. Proceso de investigación y resolución
9. Educación y Formación
- Concienciar sobre las diferentes formas de discriminación y prejuicios.
- Promover estrategias para crear un entorno inclusivo y respetuoso.
- Educar a los miembros de la comunidad sobre sus derechos y responsabilidades bajo esta política.
10. Compromiso con la Mejora Continua
11. Consecuencias del Incumplimiento
12. Conclusión
Esta política será revisada anualmente y modificada según sea necesario para garantizar su eficacia en abordar la discriminación y promover la inclusión.